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jueves, 26 de julio de 2018

En la UPTAMCA, no se paga a tiempo el salario de sus trabajadores




Art 91: …El salario es inembargable y se pagará 
periódica y oportunamente en moneda de curso legal, 
salvo la excepción de la obligación alimentaria, de 
conformidad con la ley.  (CRBV) 

Sinprocultca

¿Cómo alimentar a tus hijos, como cumplir con tus obligaciones, vivir y desarrollar tus actividades normales, si quienes tiene la responsabilidad de responder al pago puntual y responsable de tu salario no cumplen con sus obligaciones?

¿Necesitamos acaso desarrollar un extenso manifiesto que describa el tamaño de la irresponsabilidad infringida?

¿Estará al alcance de 
las autoridades reparar tamaña falta de manera que nunca más los hijos de los trabajadores, sufran una situación como esta? 

Exigimos el pago puntual de nuestros salarios.

Emergencia Bolivariana de Seguros

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